domingo, 28 de enero de 2018

Intervinieron a siete extranjeros por actividad no ajustada a Ley

Durante operaciones policiales de Control de Identidad y Posibles Requisitorias en los distritos de Santiago y Wanchaq, personal PNP de la sección Extranjería Cusco del departamento de Seguridad del Estado, intervino a siete extranjeros por realizar labores de actividad contraria a su condición de turista.

Laura Rodriguez Guayambuco (20), de nacionalidad colombiana, quien presento su autorización de permanencia en territorio peruano vencida en cuatro días, encontrándose en situación migratoria irregular, Omar Reynaldo Galleguillos Soto (22), de nacionalidad chilena, John Fredy Vargas Suarez (27) de nacionalidad de colombiana, quien no presento los documentos de viaje (Tarjeta Andina de Migraciones o visa) presumiéndose su situación migratoria Irregular y Misael César Gorosito (28) de nacionalidad de argentina, quien no presenta los documentos de viaje (Tarjeta Andina de Migraciones o visa) presumiéndose su situación migratoria irregular.

También se intervino a Daniela Trujillo Loredo (25) de nacionalidad de mexicana, Darwin Gabriel Contreras Carmona (26) de nacionalidad venezolana, quien no presenta los documentos de viaje (Tarjeta Andina de Migraciones o visa) presumiéndose su situación migratoria irregular y Antonio Ignacio Barahona Guerrero (21) de nacionalidad chilena, quien no presenta los documentos de viaje (Tarjeta Andina de Migraciones o visa) presumiéndose su situación migratoria Irregular.

Las Operaciones Policiales se realizaron en las principales arterias del casco monumental de la ciudad del Cusco (Plaza de Armas, Plaza San Francisco, Plazoleta San Blas, Calles Plateros, Procuradores, Hatunrumiyoc, Hospital, Queshua, Nueva Alta, Nueva Baja, entre otros), lográndose intervenir a un aproximado de ciento cincuentaciudadanos extranjeros de diferentes nacionalidades de los cuales siete al momento de la identificación no contaban con la documentación de viaje respectiva y su autorización de permanencia vencida, además de realizar actividades ajenas a su calidad migratoria (actividades artísticas y laborales); incurriendo en infracción expresa en los Artículos 56° y 57° del Decreto Legislativo 1350, ley de Migraciones.

Fuente Diario del Cusco.